Es bueno siempre recordar que:
la ley 13512 ❌de la propiedad horizontal, que estaba vigente desde 1948, ya fue!!
Ahora rige el código civil y comercial (2015) ✅

El conjunto de propietarios de las unidades funcionales (departamentos) constituyen la “persona jurídica” consorcio, sí, como si fuera una empresa! 🤔

Sus partes son:
La asamblea
El consejo de propietarios
El administrador
La personalidad del consorcio se termina por la desafectación del inmueble del régimen de propiedad horizontal, sea por acuerdo unánime de los propietarios instrumentado en escritura pública o por resolución judicial, inscripta en el registro inmobiliario.

Consultá siempre con un profesional!
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